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El CRIDON de París es un
organismo profesional notarial de origen voluntario.
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Esto significa que su creación
en los años 1960 no resulta de la voluntad de los poderes
públicos, sino de un consenso libre y claro de los miembros
de la profesión. Esta naturaleza voluntaria explica en cierto
modo los particularismos regionales que caracterizan cada uno de los
CRIDON y justifica también en cierta manera su autonomía
jurídica y financiera, al mismo tiempo con respecto a los
órganos estatutarios de la Profesión y de los otros
organismo de la misma índole. |
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Cada CRIDON se explica por
las necesidades de los notarios que han presidido su creación.
El tamaño de los estudios, la organización del trabajo
en cada empresa notarial, las necesidades específicas de
documentación, la índole de las cuestiones tratadas con
mayor frecuencia o que se tratan raramente, tienen una incidencia en la
"cultura de empresa" de cada CRIDON. |
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Los notarios de los
"países de lo escrito" tienen mayor costumbre de formular sus
preguntas por escrito que los notarios de los lugares donde la pregunta
oral está más en uso. Esta simple distinción
tendrá consecuencias al nivel de la organización de cada
uno de los CRIDON y de la integración de sus consultores. |
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En los "países de lo
escrito" cada solicitud será repertoriada, clasificada, y
conservada. La mecanización - tratamiento de texto y
seguidamente equipo informático - se lleva hasta su
extremo. El ratio de las secretarias es importante en este caso. La
pregunta hecha no es ni ligera ni efímera. La respuesta tarda
más en llegar porque merece reflexión y, al mismo tiempo,
porque es necesario encontrar el tiempo para formularla. |
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Los "países de lo
oral" modelan a su manera la organización del trabajo y la
índole del trabajo brindado. En ellos, no sólo se
solicitan respuestas a las preguntas planteadas sino además
intervenciones públicas. La Conferencia participa de la cultura
CRIDON. Se requiere de los consultores que entren en escena e instruyan
a sus contemporáneos con su saber. |
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En los "países de lo
escrito", antes que alentar a los consultores a hablar en
cátedra, se requiere de ellos que expongan por escrito las
últimas dificultades de su especialidad. |
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También hay conciencia de que cualquier habilidad jurídica o fiscal,
cualquier solución astuta o ingeniosa que pueda "sacar" a un cliente de un
"mal trance", debe ser ampliamente difundida por los medios de prensa.
A veces, el ponente respeta menos esta obligación, ya que
naturalmente tiene tendencia a explayarse en confidencias y hacer
alarde sus conocimientos. Guardianes de la ortodoxia jurídica,
los consultores del CRIDON deben comprender las necesidades de la
práctica y saber interpretar la ley cuando una
interpretación de esta índole es al mismo tiempo posible
y necesaria. Los consultores de los CRIDON estan muy vinculados al
organismo al que dispensan su saber. Cuando son permanentes, se
prohiben trabajar para otros organismos que no sean la Notaría.
Sin embargo, no se considera que las actividades docentes
sean incompatibles. |