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Especifidad
local - tamaño humano |
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El CRIDON de
París es un organismo regional. |
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Cada uno de los CRIDON dispone de un
ambito territorial determinado por el de las Cámaras
adheridas. Esta competencia territorial hace que el CRIDON
sólo
conteste a los colegios notariales adheridos. La competencia territorial es una regla general
que viene impuesta
por el principio de la continuidad territorial. En virtud de esta
regla, un CRIDON debe, en principio, extender su competencia al
conjunto de las Cámaras que dependen de un mismo Consejo
regional. Ocurre, sin embargo, que en las zonas fronterizas no se
respete esta regla. |
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La competencia territorial se aplica
a
todas las actividades de consulta, documentación y
formación que pertenecen a la pericia de los CRIDON. Se
extiende
al conjunto de las funciones comunes para los cinco CRIDON. |
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La regla de la competencia
territorial no
se aplica a las actividades de edición o a los sitios
Internet.
Cada uno de los CRIDON puede propagarse por el conjunto del territorio
nacional y solicitar la adhesión de cualquier notario,
cualquiera que sea la ubicación de su Notaría, en
calidad
de abonado, pagando una u otra de las publicaciones propuestas. El
único límite a esta propagación reside
en la
aprobación de las condiciones propuestas a los notarios
"exteriores" por los órganos de administración o
vigilancia del CRIDON que presenta esta solicitud. La
competencia territorial limitada del CRIDON a los
notarios
miembros de las compañías adherentes, permite una
proximidad física. Como es local y descentralizado, cada
CRIDON
se instala en el lugar que más conviene al mayor
número
de notarios miembros de las camaras o colegios afiliados. |
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La consecuencia de la competencia
territorial y del carácter regional del CRIDON es limitada dimensión del organismo. De esta manera, conserva un
tamaño humano. Otra cosa sería si sólo
existiera
un CRIDON, en París. La mejor solución, sin lugar
a
dudas, es la existencia de cinco CRIDON. Permite a cada uno de ellos
desarrollar una "cultura de empresa" compatible con las
prácticas locales de la Notaría. Ello a permitido reducir al máximo la contratación de personal improductivo
encargado
de administrar los CRIDON. Una contratación de esta índole
hubiera
sin duda sido necesaria si el CRIDON hubiera sido nacional. |
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La existencia de cinco CRIDON ha
permitido
tambien al Notaríado, en su componente regional, conservar
el
control de la institución que ha creado mediante un acto de
adhesión voluntaria. No cabe la menor duda que el que
contribuye
voluntariamente a una institución desea tener influencia en
el
devenir del organismo al que contribuye y gracias a la
organización regional así es. No sería
lo mismo si
sólo existiera un CRIDON nacional ubicado en
París. Una
organización jacobina y centralizada perdería
eficacia,
resultaría indiscutiblemente más cara y
estaría a
merced de las fluctuaciones y tensiones que caracterizan,
periódicamente, la existencia de los órganos
estatutarios
encargados de aplicar la política profesional. Lejos de ser
el
envite de un poder, auque sólo sea ilusorio, los CRIDON
están al servicio de las Notarías. Su
misión es
defenderlas y, en cierto modo, protegerla. |
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Los
territorios del CRIDON de París |
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